E160e es un aditivo alimentario clasificado como colorante. También conocido como
- Actividad biológica del todo trans-β-aliscaroteno
- 8'-Apo-β,ψ-carotenal
- β-apocaroteno aldehído
- β-D-8'-carotedehído
- Apocaroténal 8'
- bêta-apocaroténal-8
- bêta-apocaroténal-8' (C 30)
- β-apocaroténal-8’
- CI alimento naranja 6
- bêta-apocaroténal-8'
- colorante alimentario naranja CI 6
- Número INS 160e
- Código CAS 1107-26-2
- E 160e
Fuente
β-D-8'-Carotenal es un pigmento sintético extraído de productos petroquímicos. Se sintetiza químicamente para imitar los compuestos de pigmentos naturales que se encuentran en frutas y verduras.
Apariencia
El β-D-8'-carotenal suele ser un polvo o líquido de color rojo anaranjado a amarillo anaranjado. Es soluble en grasas y aceites pero insoluble en agua.
Propósito
El 8'-carotenal beta-derivatizado se usa comúnmente en la industria alimentaria para impartir un tono amarillo a rojo anaranjado a una variedad de productos, incluidos productos horneados, productos lácteos, bebidas, confitería, salsas, aderezos y alimentos procesados. A menudo se añade para mejorar el atractivo visual de los alimentos y compensar la pérdida de color durante el procesamiento y almacenamiento.
Principales categorías de productos
- Dulces
- Aperitivos
- Dulces
- El cacao y sus productos
- Chocolate dulce
Supervisión de seguridad
E160e ha sido aprobado por múltiples agencias reguladoras, incluidas Health Canada, la Unión Europea (UE) y los Estados Unidos. Sus niveles de uso están regulados para garantizar la seguridad y evitar el consumo excesivo.
El E160e se puede agregar a alimentos y bebidas en concentraciones hasta los niveles máximos permitidos establecidos por la Comisión del Codex Alimentarius y adoptados en la Norma General para Aditivos Alimentarios.
JECFA: la IDA es 0-0,3 mg/kg de peso corporal
Estados Unidos: E160e está exento de certificación y generalmente es seguro como colorante alimentario en cantidades que no excedan los 15 mg por libra de alimento sólido o semisólido o por litro de alimento líquido.
UE: la IDA es de 0,05 mg/kg de peso corporal/día (EFSA, 2012). La EFSA también ha establecido MPL para el uso de E 160e en determinados alimentos y bebidas en Europa.